A pesar de
no existir una definición precisa para determinar cuándo estamos hablando de
terrorismo, lo cierto es que desde aquél día en el que dos aviones se
estrellaron contras las torres gemelas se empezó a relacionar al término con
todo lo proveniente de medio oriente. La Guerra Preventiva lanzada por la
administración Bush, con el fin de encontrar a Bin Laden y de diezmar a los
grupos y/o estados que ayudasen a los terroristas a concretar sus tareas, se
tradujo en la invasión de Afganistán primero y después en la de Irak. Ni
terroristas ni armas nucleares fueron halladas en suelo árabe: solo negociados
con petróleo, imposición de nuevos gobiernos y un gran número de victimas
civiles y ciudades destruidas.
La
consecuencia de todo este proceso en el resto del globo fue la de reforzar no
solo los controles fronterizos sino también los movimientos internos de las
poblaciones. Distintos organismos internacionales, con el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) a la
cabeza, tomaron el ejemplo del FMI y del Banco Mundial y empezaron a presionar
a los países para que acepten sus sugerencias. En este sentido, la Convención Interamericana contra el Terrorismo, celebrada unos
meses después del atentado de las torres, instaba a todos los países miembros
de la Organización de Estados Americanos (OEA) a
sancionar leyes que combatieran al terrorismo desde lo financiero y lo
organizacional.
Los
pedidos del GAFI fueron cumplidos por Paraguay, Chile, Honduras y la Argentina. En nuestro
caso se sancionaron en la última década cuatro normas referentes a la lucha
contra el terrorismo. Las dos primeras, de marzo de 2005, convalidaron la
mencionada Convención Interamericana y el Convenio Internacional para la Represión de la
Financiacióndel Terrorismo, votado por la
ONU en 1999. Las dos últimas,
fechadas de Junio de 2007 y Diciembre de 2011 y ambas conocidas como “leyes
anti-teroristas”, guardan estrecha relación entre si ya que aluden a la
financiación del terrorismo, al lavado de activos, al contrabando de armas y
estupefacientes y a la conformación de organizaciones ilícitas que tengan como
fin “aterrorizar a la población u obligar a un gobierno o a una organización
internacional a realizar un acto o abstenerse de hacerlo”.
La controversia que se generó cuando se sancionaron las
últimas dos leyes anti-terroristas es la que atraviesa a la cuestión aquí, en
EE. UU. O en cualquier otra parte del globo: no queda claro a qué se le llama
terrorista.
Basándonos en la concepción
imperante del término, en la
Argentina lo podemos vincular con
el atentado contra la AMIA 18 años atrás y con el de la embajada de
Israel en marzo de 1992, lo cual demuestra que legislación sancionada parece no
obedecer a hechos concretos que se den o tiendan a darse con cierta
continuidad. Más bien parecen tener que ver con algunas potestades que tuvieron
que ceder éste y los demás gobiernos que tomaron este tipo de medidas para no
recibir las sanciones de los principales organismos financieros que consistirían
en tildar al país de poco confiable a la hora de recibir o realizar
inversiones.
El aspecto más complejo de
las leyes sancionadas en 2007 y 2012 en la Argentina es que su ambigüedad puede
desembocar en que se criminalice cualquier tipo de protesta, lo cual fue el
foco del debate mediático que se dio a principios de este año.
No queda claro si el
terrorismo se reduce a una cuestión sectaria o con fines muy específicos como
se da en los casos de la ETA o Al Qaeda, o si tiene que ver con
manifestaciones políticas que cualquier persona pueda llegar a tomar frente a
determinados hechos que considere como injusticias. La sanción, alentada por
los Estados Unidos y sus organismos adictos, de este tipo de leyes en todo
Latinoamérica da cuenta de ciertos aspectos a mejorar de cara a un futuro que
busca la independencia de todo tipo de imposiciones provenientes desde “el
norte”, cuyas consecuencias ya sabemos cuán nefastas pueden llegar a ser.
Publicado en Inconsciente Colectivo Nº 5, Septiembre 2012.
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